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Seguridad Jurídica y Funciones del Estado

20 de Abril, 2011  ·  Seguridad Jurídica y Funciones del Estado

El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 441/11 modificó la ley Nº 26.425 que fue la norma que dejó sin efecto el régimen creado por la ley Nº 24.241 que dio origen a las AFJP, estatizando el sistema jubilatorio.

Como parte de dicho proceso, las inversiones que por ley habían hecho las AFJP quedaron en poder de la Anses, entre otras, acciones de una serie de compañías de primera línea de nuestro país.

Dentro de dicho sistema se mantuvo en la nueva legislación el principio por el cual independientemente de la cantidad de acciones que poseyera la Anses, la representación política de la misma en el órgano de administración de las sociedades (Directorio) iba a equivaler a una participación del 5%.

Esto fue dejado de lado por el Decreto arriba mencionado que de por sí deviene inconstitucional pues claramente violenta lo previsto en el art. 99 de la Constitución Nacional pues en dicha norma se establece que este tipo de Decretos sólo pueden ser dictadas por el PE cuando "circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes", circunstancia que claramente no existe en este momento salvo que se pensara que difícilmente una ley en tal sentido resultara aprobada por el Congreso.

Por ende, se pasó por alto el Congreso, lo que marca a las claras el estado de descomposición en que se encuentra el Estado de Derecho en nuestro País.

En función del citado decreto, lo primero que hizo la Anses fue tratar de designar directores en Molinos Río de la Plata en donde fracasó.

Mayor transcendencia tuvo el intento en Siderar donde no sólo no pudo llevar a cabo su cometido sino que en una cuestión muy común del actual gobierno, un órgano supuestamente autónomo como la Comisión Nacinal de Valores pocas horas después de celebrada la Asamblea y sin tener tiempo siquiera de analizar lo resuelto en la misma consideró a la misma irregular, lo que obligó a la empresa a recurrir a la justicia y al igual que en casos anteriores asistiremos a una cantidad de demandas cruzadas que sólo tienen por objeto desgastar a la Compañía y sus accionistas.

Ahora bien, cuál es el fin de esta movida? Necesidad de fondos? Cuestiones Ideológicas? Quedar bien frente al Progresismo vernáculo?

Lo cierto es que más allá de la respuesta que se de la Argentina sigue trabajando para profundizar su decadencia. No existe país desarrollado sin empresas fuertes que inviertan, se diversifiquen y se expandan (Techint y Arcor son de las pocas empresas argentinas con fuerte inserción internacional) tal como hacen las empresas brasileñas, mexicanas, chilenas, etc.

Pero no, en la Argentina se las ataca utilizando todos los órganos del Estado (Aduana, Afip, Secretaría de Comercio, etc.) desalentando claramente la inversión pues hay que dejar las cosas en claro: NO EXISTE DESARROLLO REAL SIN INVERSION PRODUCTIVA Y ESTA DEBE PROVENIR BASICAMENTE DEL SECTOR PRIVADO. No existe ningún país desarrollado donde la inversión resulte sólo del sector público al margen que este sector en la Argentina no sólo es corrupto y ha invertido sus recusos en forma deficiente sino que siempre ha favorecido a determinados sectores políticos, sindicales o empresarios amigos.

No existen suficientes antecedentes de la espantosa gestión del Estado argentino en numerosas empresas o nos olvidmos de Segba, Entel y tantas otras empresas.

Lo llamativo es la falta de reacción que tenemos como sociedad sin hablar de las elites que salvo pocas excepciones guarda un silencio que suena a complicidad o genuflexión.

Después cuando la cosas se pongan peor no nos quejemos. Sepamos actuar a tiempo con los instrumentos que nos pone a disposición el Estado de derecho. Seamos ciudadanos!!!!!!

 

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publicado por mazilber a las 14:32 · 1 Comentario  ·  Recomendar
Comentarios (1) ·  Enviar comentario
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publicado por Annmarie, el 03.08.2011 08:49
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